Empresa Responsable de la Promoción:
COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L., con C.I.F. nº B-86561412, y con domicilio social en calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid (en adelante, “CCEP IBERIA”).
Período de Vigencia:
Periodo de vigencia general: La promoción estará vigente desde el día 15 de junio de 2020 y hasta las 23:59:59 h, en horario peninsular español, del día 15 de septiembre de 2020, ambos inclusive. Durante estas fechas la promoción se encontrará activa en todos los establecimientos adheridos a la misma, salvo en aquellos en relación con los que las presentes Bases promocicionales establezcan periodos de vigencia específicos.
Periodo de vigencia específico:
Establecimientos pertenecientes a la cadena organizada de restauración Burger King: En los establecimientos pertenecientes a la cadena organizada de restauración Burger King situados en España y Andorra la promoción estará vigente desde el día 20 de julio de 2020 y hasta las 23:59:59 h, en horario peninsular español, del día 15 de septiembre de 2020, ambos inclusive.
Ámbito de la promoción:
España y Andorra, en todos los establecimientos donde CCEP IBERIA venda los Productos Promocionados, siempre que estos compren a CCEP IBERIA dichos productos dentro del Período de Vigencia.
Esos establecimientos podrán ser, a título meramente enunciativo, pero no limitativo, supermercados, hipermercados, tiendas de alimentación, etc.
Además, participará en la presente promoción la cadena organizada de restauración Burger King, que vende los Productos Promocionados en formato de dispensador (en un vaso). En particular, participarán en la promoción los Productos Promocionados vendidos por la cadena de restauración organizada Burger King en formato 75 cl. y vendidos de modo conjunto en un menú gigante, de los disponibles para su comercialización en los establecimientos Burger King.
Durante el periodo de activación de la promoción en dicha cadena de restauración cuando el consumidor adquiera un menú gigante de los disponibles para su comercialización en Burger King que incluya un producto promocionado en formato 75 cl., le será entregado junto con su compra un ticket-rasca que contendrá un pincode de partipación en la presente promoción, impreso en el propio ticket-rasca. Si dicha cadena organizada de restauración vende los Productos Promocionados envasados el consumidor podrá encontrar pincode en la anilla directamente.
En adelante, a todos los puntos de venta detallados anteriormente se les conocerá como los “Establecimientos”.
Productos Promocionados:
Todos los productos participantes en la presente promoción, de acuerdo con las marcas, formatos, variedades y sabores que se detallan a continuación, siempre que se encuentren disponibles para su comercialización en los establecimientos:
- Lata 33 cl: Coca-Cola, Coca-Cola Light, Coca-Cola Zero, Coca-Cola Zero-Zero.
- Lata 33 cl Pack 12: Coca-Cola, Coca-Cola Light, Coca-Cola Zero, Coca-Cola Zero-Zero.
- Lata 33 cl Pack 24: Coca-Cola, Coca-Cola Light, Coca-Cola Zero, Coca-Cola Zero-Zero.
- Producto en formato dispensador (en un vaso): Coca-Cola, Coca-Cola Light, Coca-Cola Zero, Coca-Cola Zero Zero en vaso formato 75 cl. vendido en conjunto con un menú gigante de los disponibles para su comercialización en la cadena organizada de restauración Burger King.
Únicamente serán válidos para participar en la presente promoción los envases promocionados que hayan sido adquiridos en los Establecimientos durante el Periodo de Vigencia, y tengan impreso un PINCODE para la participación en la presente promoción. Los envases promocionados serán válidos, únicamente, en España y Andorra.
A.- ¿Quién puede participar?
Podrán participar todas las personas físicas, residentes legales en España y en Andorra, mayores de 14 años, que realicen la compra mínima de Productos Promocionados detallada en el apartado siguiente en alguno de los Establecimientos
Además, es requisito indispensable que el participante, en caso de resultar ganador de uno de los premios que se ponen en juego en la presente promoción mediante la mecánica Sorteo ante Notario (premios en metálico), disponga de una cuenta bancaria de su titularidad (española o andorrana en función del país de residencia legal del participante), donde ingresar, en su caso, el premio que le hubiera correspondido de los puestos en juego en la presente promoción mediante la mecánica Sorteo ante Notario.
El consumidor deberá comprobar, con carácter previo a participar en la presente promoción, que cuenta con la edad mínima de participación y con el resto de requisitos necesarios para ser participante en la promoción. CCEP IBERIA no podrá ofrecer los premios que se ponen en juego en la presente promoción (mediante las dos mecánicas promocionales), a los consumidores que no cuenten con la edad mínima y / o cualquier otro requisito preciso para la participación.
B.- ¿Cómo participar?
B. 1.- COMPRA MÍNIMA DE PRODUCTOS PROMOCIONADOS Y USO DE PINCODES.
Dentro del Período de Vigencia, es decir desde el día 15 de junio de 2020 y hasta el día 15 de septiembre de 2020, excepto en aquellos estabecimientos que cuenten con periodos de vigencia específicos, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases, el consumidor que acuda a cualquiera de los Establecimientos (siempre que se trate de establecimientos donde se encuentre activa la presente promoción y cuenten con Productos Promocionados previamente adquiridos por el establecimiento a CCEP IBERIA para su comercialización dentro del Periodo de Vigencia), y realice una compra mínima de al menos uno (1) de cualquiera de los Productos Promocionados cuyos envases cuenten con un PINCODE de participación en la presente promoción (en adelante, la “Compra Mínima”), podrá conseguir una participación para la presente promoción.
Un PINCODE es un código alfanumérico de 8 dígitos que figurará impreso en los diferentes soportes mediante los que se ponen en circulación pincodes en relación con la presente promoción.
Cada PINCODE introducido en la página web promocional, www.cocacola.es/music, dará derecho automáticamente a una participación para los premios que se pone en juego en la presente promoción mediante la mecánica Sorteo ante Notario. El derecho a dicha participación tendrá lugar en relación con el Sorteo ante Notario que corresponda, de los tres Sorteos ante Notario que se realizarán en la presente promoción, en función de cuándo haya sido emitida la participación (esto es, introducido el PINCODE en la página web promocional). Todo ello, de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases.
Además, al introducir ese PINCODE, automáticamente se sumarán, en la cuenta del usuario, los puntos correspondientes al soporte en el que está impreso de forma que los mismos se podrán acumular para canjearlos por los premios que se ponen en juego mediante la mecánica de Acumulación de Puntos (Premios de Catálogo), según se detalla a continuación:
- Pincode impreso en anilla: 9 puntos
- Pincode impreso en ticket-rasca, entregado al consumidor por los establecimientos referidos en el apartado “Ámbito de la Promoción” que venden los productos promocionados en formato dispensador (en un vaso) : 5 puntos
Adicionalemente, CCEP IBERIA se reserva el derecho a regalar pincodes en cualquier tipo de soporte para participar en la presente promoción sin necesidad de realizar una compra mínima de Productos Promocionados. Este tipo de pincodes serán entregados, en su caso, por CCEP IBERIA a su absoluta decisión y discreción.
Este tipo de pincodes que en su caso sean entregados discrecionalmente por CCEP IBERIA únicamente servirán para participar en la mecánica de Acumulación de Puntos puesta en juego mediante la presente promoción, por lo que la inclusión del pincode en la web www.cocacola.es/music no otorgará derecho a participar en la mecánica Sorteo ante Notario.
Estos soportes con pincode podrán llevar el mismo número de pincode aunque cada participante únicamente podrá introducirlo una única vez (aunque varios participantes podrán introducir ese mismo número de pincode). Si llevaran distinto número de pincode, los participantes podrán introducirlos tantas veces como números de pincode diferentes tengan en los diferentes soportes en los que tales pincodes se distribuyan, en su caso.
CCEP IBERIA decidirá en cada momento el lugar donde se regalarán o distribuirán soportes que contengan este tipo de pincodes, así como la valoración en puntos de los mismos (que en todo caso figurará reflejada en el soporte entregado). A modo ejemplificativo, lugares donde se podrán regalar este tipo de cupones serán puntos de venta que celebren eventos, centros comerciales, cines, revistas o cualquier otro sitio que CCEP IBERIA considere en cada momento, a su absoluta discreción.
Los PINCODES serán únicos para cada uno de los Productos Promocionados y, en su caso, para cada grupo de cupones / soportes que se regalen en el mismo sitio o soporte y serán válidos para su uso en la página web www.cocacola.es/music por una única vez (en el caso de los cupones / soportes serán válidos por una única vez por participante y código alfanumérico pero podrán ser utilizados por varios participantes siempre que cuenten con cupones) y únicamente durante el Período de Vigencia, es decir, entre el 15 de junio de 2020 y el 15 de septiembre de 2020.
Cada PINCODE que figure impreso en, o junto a, los envases de Productos Promocionados sólo podrá ser usado una vez, en el momento en que sea usado quedará validado, archivado y anulado para que no pueda ser utilizado de nuevo.
CCEP IBERIA únicamente atenderá las reclamaciones de los consumidores que se basen en problemas de legibilidad y validación de los PINCODES, cuando éstos sean debidos a una defectuosa impresión del PINCODE en las anillas, tickets o soporte de que se trate o no funcionen en www.cocacola.es/music.
En ningún caso se atenderán reclamaciones cuando los problemas de legibilidad del PINCODE hayan sido causados por causas ajenas a la impresión del mismo (manipulación, deterioro, suciedad…) o sean de PINCODES que pertenecen a envases, Productos Promocionados y/o marcas no participantes en la presente Promoción.
El usuario que encuentre problemas de legibilidad o de validación en sus PINCODES, deberá presentar estos PINCODES clasificados e identificando el problema que encuentra en cada uno de ellos para que desde CCEP IBERIA se proceda a la revisión y análisis de dichos PINCODES problemáticos.
Los usuarios con PINCODES con problemas de legibilidad o validación deberán ponerse en contacto con CCEP IBERIA llamando al teléfono gratuito 900 533 193 con atención de lunes a viernes en horario de 09:30h a 17:00h (excepto festivos nacionales, autonómicos de la Comunidad de Madrid y locales de la ciudad Madrid).
El consumidor deberá conservar el soporte en el que se encuentre impreso el PINCODE para poder participar en la presente promoción. Además, deberá conservar el soporte original en el que se encuentre impreso el PINCODE con el que ha participado por si resultara ganador, ya que CCEP IBERIA podrá requerirle dicho original para la entrega del premio.
TIPOS DE PINCODE Y POSIBILIDADES DE PARTICIPACIÓN EN LA PRESENTE PROMOCIÓN.
PINCODES procedentes de una compra de Productos Promocionados, es decir, impresos en las anillas de productos promocionados o en los tickets-rasca que se entregan junto con la compra, donde se vendan los Productos Promocionados en determinados Establecimientos adheridos:Este tipo de PINCODES posibilitarán participar en la presente promoción tanto mediante la mecánica Sorteo ante Notario como mediante la mecánica de Acumulación de Puntos.
PINCODES entregados por CCEP IBERIA, a su absoluta discreción, sin necesidad de una Compra Mínima: Este tipo de PINCODES, que serán entregados de acuerdo con lo previsto anteriormente en las presentes Bases, posibilitarán participar en la presente promoción exclusivamente mediante la mecánica de Acumulación de Puntos (no mediante la mecánica de Sorteo ante Notario).
B. 2.- REGISTRO E IDENTIFICACIÓN.
Para poder participar será necesario que:
- El Participante se identifique como usuario en www.cocacola.es.
- En caso de que no estuviera registrado, se registre en el apartado preparado a tal efecto en la página web www.cocacola.es.
Registrado el consumidor, no será necesario realizar este procedimiento de nuevo sino que, para acceder de nuevo a la web y participar nuevamente, únicamente será necesario introducir la dirección de correo electrónico y la contraseña indicada en el momento del registro.
- En caso de que el Participante ya esté registrado en www.cocacola.es, bastará con que se identifique.
B. 3.- PARTICIPACIÓN.
Para participar, el consumidor, una vez se encuentre registrado en www.cocacola.es, deberá:
- 1º Acceder a la web www.cocacola.es/music e identificarse con su nombre de usuario y contraseña de registro en www.cocacola.es.
- 2º Introducir, durante el Periodo Promocional, el / los PINCODE /S que hubiera obtenido en cualquier tipo de soporte mediante el que se pongan en circulación PINCODES válidos para participar en la presente promoción.
- 3º Validar el / los PINCODE / S para que, en ese momento, la aplicación informática recoja su participación automática en la mecánica promocional Sorteo ante Notario (si es un Pincode derivado de una compra de Productos Promocionados), así como los puntos asociados al PINCODE de que se trate para la participación en la mecánica promocional de Acumulación de Puntos.
LÍMITES DE PARTICIPACIÓN Y PREMIOS A OBTENER EN LA PRESENTE PROMOCIÓN.
Se establecen los siguientes límites de participación en la presente promoción:
El consumidor podrá introducir al día un máximo de 20 PINCODES obtenidos a través de la compra de Productos Promocionados en formato lata 33 cl., ya haya sido adquirida individualmente o en pack por el consumidor.
El consumidor podrá introducir al día un máximo de 3 PINCODES obtenidos a través la compra de Productos Promocionados en formato dispensador (en un vaso).
En los supuestos en los que el consumidor cuente con PINCODES de los repartidos discrecionalmente por CCEP IBERIA, podrá introducir dichos PINCODES en una única ocasión a través de la web promocional, en caso de que se trate de PINCODES con el mismo código alfanumérico, independientemente de que el consumidor cuente con más de una tarjeta, u otro soporte, en el que se refleje dicho PINCODE con mismo código alfanumérico.
Se establecen los siguientes límites de premios a obtener por el mismo consumidor durante toda la promoción:
- El límite de premios a obtener, mediante la mecánica Sorteo ante Notario es de uno (1) por persona durante toda la promoción.
- El límite de premios a obtener mediante la mecánica Acumulación de Puntos (premios de catálogo), es de un máximo cinco (5) premios por persona, de cualquiera de las tres categorías existentes, todo ello durante toda la promoción.
MODOS DE PARTICIPACIÓN EN LA PRESENTE PROMOCIÓN.
Existen dos modalidades de participación en la presente promoción: participación para optar a uno de los tres premios que se ponen en juego mediante la mecánica Sorteo ante Notario y participación mediante la mecánica de Acumulación de Puntos para el canjeo de los premios de catálogo.
A) PARTICIPACIÓN MEDIANTE LA MECÁNICA SORTEO ANTE NOTARIO.
Cada vez que el participante introduzca un PINCODE válido, se recogerá su participación junto con la fecha en que se haya producido la introducción del PINCODE, para su participación en el Sorteo ante Notario que corresponda, de los tres (3) que se realizarán en la presente promoción, en función de la fecha en que se haya intoducido la participación por parte del consumidor.
Así, todos los pincodes procedentes de una compra de Productos Promocionados introducidos en la web y sean válidos, participarán automáticamente en uno de los 3 Sorteos ante Notario que se realizarán en la presente promoción, participando en uno u otro Sorteo dependiendo del momento temporal en que haya sido introducido el PINCODE, de acuerdo con lo detallado a continuación.
- Pincodes válidos procedentes de una compra de Productos Promocionados introducidos en la web durante el período del 15/06/20 al 15/07/20, participarán en el primer Sorteo ante Notario que tendrá lugar el día 20 de julio de 2020.
- Pincodes válidos procedentes de una compra de Productos Promocionados introducidos en la web durante el período del 16/07/20 al 15/08/20, participarán en el segundo Sorteo ante Notario que tendrá lugar el dia 24 de agosto de 2020.
- Pincodes válidos procedentes de una compra de Productos Promocionados introducidos en la web durante el período del del 16/08/20 al 15/09/20 participarán en el tercer Sorteo ante Notario que tendrá lugar el día 21 de septiembre de 2020.
Los PINCODES que, en su caso, fueran distribuidos de forma gratuita y discrecional por CCEP IBERIA no servirán para participar en la modalidad promocional Sorteo ante Notario.
Una vez finalizado cada período de la promoción, se recopilarán todas las participaciones realizadas a través de la página web www.cocacola.es/music durante las fechas señaladas anteriormente y se procederá a cada uno de los Sorteos ante Notario en las fechas designadas para cada uno de ellos, a saber, 20 de julio de 2020, 24 de agosto de 2020 y 21 de septiembre de 2020, respectivamente.
Cada uno de los Sorteos será realizado con todas las participaciones recopiladas durante el período correspondiente, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases. Las consideraciones completas sobre la celebración de los Sorteos ante Notario son detalladas en el apartado B.6 de las presentes Bases.
Cada participación introducida mediante un PINCODE válido para la participación en la mecánica promcional Sorteo ante Notario será válida en una única ocasión y en relación con el Sorteo ante Notario que en cada caso proceda, de acuerdo con lo establecido anteriormente. Es decir, las participaciones que ya hayan participado en uno de los Sorteos ante Notario no podrán participar en los posteriores (o el posterior) Sorteo ante Notario que tenga lugar en el marco de la presente promoción.
B) PARTICIPACIÓN MEDIANTE LA MECÁNICA ACUMULACIÓN DE PUNTOS.
Cada vez que se introduzca un PINCODE en la web promocional, se acumularán puntos que, posteriormente, podrán ser canjeados por el consumidor por los premios de catálogo puestos en juego en la presente promoción mediante la mecánica Acumulación de Puntos.
Una vez el consumidor acumule puntos suficientes para el canjeo de un premio de catálogo, dicho consumidor podrá redimir los puntos por dicho premio o bien seguir acumulando puntos y redimirlos por uno o varios premios de catálogo hasta un máximo de cinco premios de catálogo en total por persona durante toda la promoción (en caso de que disponga de puntos suficientes para canjear varios premios) o por un premio de mayor valor (en caso de que tenga puntos para canjear este premio de mayor valor) y siempre que dichos regalos se encuentren disponibles.
El consumidor participante tendrá habilitado un apartado en la web promocional donde podrá introducir pincodes para Acumulación de Puntos hasta el día 15 de septiembre de 2020.
La fecha máxima para proceder al canje de puntos por uno de los premios de catálogo será el día 15 de septiembre de 2020 (siempre que queden premios disponibles). Pasada tal fecha, los puntos se entenderán caducados y el consumidor no podrá proceder a canjear sus puntos acumulados y no canjeados antes de esa fecha, sin que nada pueda reclamar a CCEP IBERIA por dicho motivo.
En cualquier caso, el consumidor deberá conservar los soportes originales en los que hubiera obtenido los PINCODES que han dado lugar a su participación en cualquiera de las modalidades promocionales, ya que CCEP IBERIA podrá reclamarlos como comprobante de la participación del consumidor.
B. 4- PARTICIPACIÓN MEDIANTE LA MECÁNICA DE ACUMULACIÓN DE PUNTOS. EXISTENCIAS DE REGALOS DE CATÁLOGO.
A continuación, se muestra el número de regalos disponibles en la presente promoción mediante la mecánica de acumulación de puntos (premios de catálogo) y los puntos necesarios para su obtención.
Además, CCEP IBERIA se reserva el derecho de introducir novedades cada cierto tiempo que serán premios que aparecerán a lo largo del periodo de vigencia de la promoción pero no desde el inicio y/ o premios cuyos puntos para su canje se reducirán cada cierto tiempo, en cuyo caso CCEP IBERIA comunicará en la web www.cocacola.es/music la nueva puntuación necesaria para su canje.
PREMIOS DE CATÁLOGO.
CATEGORÍA SONIDO BAJO:
-
Un set de 4 anillos selfie con logotipo de Coca-Cola: Hay 8.000 unidades disponibles en total y serán necesarios 300 puntos. Corresponde a la categoría sonido bajo.
Soporte retractil de sujección para Smartphone. Hecho de silicona y ABS. 4 modelos diferentes. Diámetro del soporte 4,2 cm.
-
Una gorra denim negra con logotipo de Coca-Cola: Hay 5.000 unidades disponibles y serán necesarios 600 puntos. Corresponde a la categoría sonido bajo.
Gorra 100% algodón, de color negro denim, con logotipo de Coca-Cola bordado en color blanco. Cierre con hebilla efecto latón.
-
Una gorra denim roja con logotipo de Coke: Hay 5.000 unidades disponibles en total y serán necesarios 600 puntos. Corresponde a la categoría sonido bajo.
Gorra 100% algodón, de color rojo denim con logotipo “Coke” bordado en color blanco. Cierre con hebilla efecto latón.
-
Un cargador Powerbank 3000mah FRESH 'N REBEL: Hay 3.000 unidades disponibles en total y serán necesarios 1.200 puntos. Corresponde a la categoría sonido bajo.
Powerbank de capacidad 3000 mAh.Tiempo de carga 3 horas. Incluye cable de carga de 20 cm (USB a USB C). Entrada USB C 5 V/ 1 A máx Salida USB C 5 V/ 1 A máx. Protección frente a sobrevoltaje, sobrecarga, sobrecalentamiento, sobre corriente, descarga y cortocircuito.Tamaño 9x4,6x1,35 cm.
Hay cuatro colores disponibles:
Color Storm Grey: 750 unidades disponibles.
Color Ruby Red: 750 unidades disponibles.
Color Petrol Blue: 750 unidades disponibles.
Color Dusty Pink: 750 unidades disponibles.
-
Una camiseta LED ecualizadora con logotipo de Coca-Cola: Hay 3.500 unidades disponibles y serán necesarios 1.500 puntos. Corresponde a la categoría sonido bajo.
100% algodón. Incluye 2 pilas AAA. Ecualizador LED regulable.
Hay cuatro tallas disponibles:
Talla S: 700 unidades disponibles.
Talla M: 1.050 unidades disponibles.
Talla L: 1.050 unidades disponibles.
Talla XL: 700 unidades disponibles.
CATEGORÍA SONIDO MEDIO:
-
Un saco de dormir con logotipo de Coca-Cola: Hay 4.000 unidades disponibles en total y serán necesarios 1.800 puntos. Corresponde a la categoría sonido medio.
Saco de dormir de algodón con cremallera. Color rojo con diseño Coca-Cola en el exterior. Color blanco en el interior.
-
Unas gafas de sol marca Flamingo modelo Oakland con logotipo de Coca-Cola Rock your Summer: Hay 4.500 unidades disponibles y serán necesarios 2.000 puntos. Corresponde a la categoría sonido medio.
Gafas de sol de la marca Flamingo® modelo Oakland. Efecto carey con acabado animal print sutil. Con logotipo de Coca-Cola Rock your Summer en el interior de la patilla. Incluye funda personalizada y gamuza.
-
Unas gafas de sol marca Flamingo modelo Pasadena con logotipo de Coca-Cola Rock your Summer: Hay 4.500 unidades disponibles y serán necesarios 2.000 puntos. Corresponde a la categoría sonido medio.
Gafas de sol de la marca Flamingo® modelo Pasadena. Patillas color rojo y frontal negro. Con logotipo de Coca-Cola Rock your Summer en el interior de la patilla. Incluye funda personalizada y gamuza.
-
Una suscripción a la plataforma de contenidos TIDAL de 6 meses de duración: Hay 2.000 unidades disponibles y serán necesarios 3.000 puntos. Corresponde a la categoría sonido medio.
Regalo consistente en un código canjeable por una suscripción (nueva alta) de seis (6) meses de duración a la plataforma de contenidos musicales TIDAL.
El código sólo será válido para nuevas altas realizadas en la plataforma de contenidos TIDAL y por tanto no será aplicable a usuarios ya registrados en dicha plataforma.
El código será canjeable hasta el día 30 de junio de 2021. Pasado tal plazo, el código se entenderá caducado y el consumidor no podrá proceder a canjear ni disfrutar del mismo.
Cada código será canjeable en una única ocasión. Cada código será canjeable por una única persona.
Finalizado el periodo de 6 meses de suscripción al que da derecho el código, en caso de que el usuario deseara continuar su suscripción a la plataforma de contenidos Tidal deberá abonar directamente a dicha plataforma el precio o tarifa vigente en el momento de que se trate aplicable a tal servicio.
En caso de que el consumidor deba proporcionar datos personales a los responsables de la plataforma de contenidos Tidal para proceder a su alta en la misma y / o al canjeo del código, tales datos serán proporcionados de modo directo por el consumidor a los responsables de la plataforma de contenidos Tidal y, por tanto, en un ámbito ajeno y externo a CCEP IBERIA.
-
Una Bolsa-Nevera altavoz con logotipo de Coca-Cola: Hay 500 unidades disponibles y serán necesarios 3.500 puntos. Corresponde a la categoría sonido medio.
Bolsa nevera de PEVA y Poliéster con bandelora. Medidas 28x22x40cm. Capacidad de hasta 32 latas. Incluye altavoz Bluetooth IPX5, impermeable y desmontable. Autonomía de hasta 5 horas de reproducción.
CATEGORÍA SONIDO ALTO:
-
Un vale para su canjeo en la plataforma Atrápalo por valor de cincuenta euros (50€): Hay 200 unidades disponibles y serán necesarios 4.000 puntos. Corresponde a la categoría sonido alto.
Regalo consistente en un vale canjeable para su uso y para la realización de compras online a través de la web www.atrapalo.com.
El vale será válido para su uso hasta el día 30 de junio de 2022. Pasada tal fecha, el vale se entenderá caducado y el consumidor no podrá proceder a canjear ni disfrutar del mismo.
Para canjear el vale el consumidor deberá acceder de modo directo a la web habilitada por Atrápalo para la venta online o comercio electrónico (www.atrapalo.com) e introducir el número o código que consta en el vale en el proceso de compra de productos o servicios, en el apartado habilitado al efecto en la página web de Atrápalo.
Cada compra realizada en la URL de canjeo reducirá el saldo disponible del vale en el mismo importe que el coste de la compra realizada.
No se admitirá el canjeo del vale por su valor económico. El vale no se puede recargar, revender, transferir por un valor o canjear por dinero en efectivo.
El vale es virtual o digital y no es válido para el pago en otros puntos de venta distintos a la URL www.atrapalo.com
En caso de que el consumidor deba proporcionar datos personales durante el proceso de canjeo y disfrute del premio (por ejemplo, a través de la página web www.atrapalo.com), tales datos serán proporcionados por el consumidor de manera directa a los responsables de la página web de que se trate, en un ámbito ajeno y externo a CCEP IBERIA.
-
Un altavoz Bold M FRESH 'N REBEL: Hay 1.200 unidades disponibles en total y serán necesarios 4.500 puntos. Corresponde a la categoría sonido alto.
Altavoz Bluetooth impermeable. Tiempo de carga 5 horas.Tiempo de reproducción 15 horas. Incluye cable de carga (Micro USB) y cable de audio de 3,5 mm. Entrada de Micro USB: 5 V. Potencia de salida USB: 5 V – 1 A. Tamaño 18,2x8x8 cm.
Hay cuatro colores disponibles:
Color Storm Grey: 300 unidades disponibles.
Color Ruby Red: 300 unidades disponibles.
Color Ice Grey: 300 unidades disponibles.
Color Dusty Pink: 300 unidades disponibles.
-
Unos Auriculares CLAM ANC FRESH 'N REBEL: Hay 500 unidades disponibles y serán necesarios 6.000 puntos. Corresponde a la categoría sonido alto.
Auriculares Bluetooth ANC. Incluye cable de carga (Micro USB), cable de audio (3,5 mm) y funda de transporte. Tiempo de carga 3 horas. Tiempo de reproducción 35 horas (30 horas modo ANC). Sistema ANC: cancelación activa de ruido. Micrófono integrado.
Hay cuatro colores disponibles:
Color Storm Grey: 125 unidades disponibles.
Color Ruby Red: 125 unidades disponibles.
Color Ice Grey: 125 unidades disponibles.
Color Dusty Pink: 125 unidades disponibles.
-
Una mesa auxiliar con altavoz: Hay 450 unidades disponibles y serán necesarios 8.000 puntos. Corresponde a la categoría sonido alto.
Mesa auxiliar Blaupunkt BLP-0540. Altavoz Bluetooth integrado. Cargador de inducción incorporado. Acabado en madera y textil. Batería de 3000mah. Potencia de altavoz 10W. Medidas 75x40cm (altura y diámetro).
-
Una guitarra eléctrica Fender Squier Affinity RR: Hay 50 unidades disponibles y serán necesarios 10.000 puntos. Corresponde a la categoría sonido alto.
Fender Squier Affinity RR. Cuerpo de tilo. Mástil de arce (forma de 'C'). Diapasón de laurel indio (radio de 241mm/9,5"). 21 trastes médium. Longitud de la escala: 648mm. Anchura de la cejilla: 42mm. 3 pastillas de bobina simple. Puente 'hard tail'. Equipada con cuerdas 250L (009-042).
Todos los premios son personales e intransferibles y no podrán cederse a una persona distinta del ganador, así como tampoco canjearse por ningún otro elemento, ni en efectivo, ni en especie.
PREMIO |
CATEGORÍA |
PUNTOS NECESARIOS |
UNIDADES TOTALES DISPONIBLES |
Set de 4 anillos selfie |
Sonido bajo |
300 |
8.000 |
Gorra denim negra |
Sonido bajo |
600 |
5.000 |
Gorra denim roja |
Sonido bajo |
600 |
5.000 |
Powerbank 3000mah FRESH 'N REBEL |
Sonido bajo |
1.200 |
3.000 |
Camiseta LED ecualizadora |
Sonido bajo |
1.500 |
3.500 |
Saco de dormir |
Sonido medio |
1.800 |
4.000 |
Gafas Flamingo modelo Oakland |
Sonido medio |
2.000 |
4.500 |
Gafas Flamingo modelo Pasadena |
Sonido medio |
2.000 |
4.500 |
Suscripción Tidal 6 meses |
Sonido medio |
3.000 |
2.000 |
Nevera altavoz |
Sonido medio |
3.500 |
500 |
Descuento 50€ Atrápalo |
Sonido alto |
4.000 |
200 |
Altavoz Bold M FRESH 'N REBEL |
Sonido alto |
4.500 |
1.200 |
Auriculares CLAM ANC FRESH 'N REBEL |
Sonido alto |
6.000 |
500 |
Mesa auxiliar con altavoz |
Sonido alto |
8.000 |
450 |
Guitarra eléctrica Fender Squier Affinity RR |
Sonido alto |
10.000 |
50 |
B.5. PREMIO SORTEO ANTE NOTARIO.
- Premio en metálico: 50.000 Euros brutos, pagaderos en un único pago (3 premios disponibles).
Cada premio consiste en un importe en metálico de cincuenta mil Euros (50.000 €), brutos, que serán abonados al ganador de cada uno de los Sorteos que se realizarán en la presente promoción en un único pago, tras practicar la correspondiente retención fiscal.
Cada premio es personal e intransferible y no podrá cederse a una persona distinta del ganador, así como tampoco canjearse por ningún otro elemento, ni en efectivo, ni en especie.
B.6. SORTEO ANTE NOTARIO.
Durante el Periodo de Vigencia, las participaciones que se realicen a través de la web promocional www.cocacola.es/music, a través de un PINCODE mediante el que resulte posible participar en la modalidad promocional Sorteo ante Notario podrán ganar uno de los premios que se ponen en juego mediante esta mecánica promocional y que se describen en el apartado B.5 de las presentes Bases.
En la presente promoción se realizarán tres (3) Sorteos ante Notario en los que se tendrán en cuenta las participaciones que se hubieran introducido en la web promocional durante los periodos de participación que en cada caso proceda, de acuerdo con lo detallado a continuación:
- Sorteo 1, que será celebrado el dia 20 de julio de 2020 y en el que se tendrán en cuenta las participaciones válidamente emitidas durante en periodo de participación comprendido entre el día 15 de junio de 2020 y el día 15 de julio de 2020, ambos incluidos.
- Sorteo 2, que será celebrado el día 24 de agosto de 2020 y en el que se tendrán en cuenta las participaciones válidamente emitidas durante el periodo de participación comprendido entre el día 16 de julio de 2020 y el día 15 de agosto de 2020, ambos incluidos.
- Sorteo 3, que será celebrado el día 21 de septiembre de 2020 y en el que se tendrán en cuenta las participaciones válidamente emitidas durante el periodo de participación comprendido entre el día 16 de agosto de 2020 y el día 15 de septiembre de 2020, ambos incluidos.
Cada uno de los Sorteos se realizará con todas las participaciones válidamente efectuadas para participar en la modalidad promocional Sorteo ante Notario durante los periodos detalldos en los párrafos anteriores, para determinar el ganador de cada uno de los Sorteos.
En cada uno de los Sorteos, el Notario elegirá al azar 1 participación ganadora y 5 participaciones reservas, de entre las participaciones válidamente efectuadas durante el período correspondiente.
En el supuesto de que la participación elegida por el Notario como ganadora provenga de un usuario que no cuente con los requisitos de participación necesarios de acuerdo con lo detallado en las presentes Bases, se considerará la participación como inválida y, por tanto, CCEP IBERIA podrá descartarla y elegir la participación elegida por el Notario como Primera Reserva. Al igual que en el caso anterior, el supuesto de que la participación elegida por el Notario como Primera Reserva no fuese válida conforme a los criterios anteriores, se considerará la participación como inválida y, por tanto, CCEP IBERIA la descartará y se dirigirá a la participación elegida por el Notario como Segunda Reserva. Lo mismo sucederá si la Segunda no cumpliera con los requisitos, con la participación elegida como Tercera Reserva y sucesivas.
En caso de que en relación con un determinado Sorteo o con varios de ellos se haya descartado la participación ganadora así como todas las reservas, por no ser válidas conforme a los criterios apuntados anteriormente, se declarará el premio como desierto y pasará a disposición de la Organización.
B.7.- COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS.
B.7.1) COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE LOS PREMIOS DE CATÁLOGO (MECÁNICA ACUMULACIÓN DE PUNTOS).
Cuando el consumidor proceda a solicitar el canje de sus puntos por un regalo de los disponibles en el catálogo, podrá acceder previamente a toda la información relativa al premio de que se trate a través del botón “+INFO” puesto a disposición en la web promocional.
Una vez realizado lo anterior, siempre que el participante cuente con los puntos necesarios para ello, podrá proceder a la selección del premio mediante el botón “canjear” de la web promocional.
Tras la selección de un premio, CCEP IBERIA procederá a comprobar que el participante efectivamente cuenta con los puntos necesarios para la selección de dicho premio.
Una vez confirmado lo anterior, CCEP IBERIA procederá a remitir de manera instantánea al participante un correo electrónico en el que se proporcionará al participante un resumen del premio canjeado. Asimismo, CCEP IBERIA informará al participante de los detalles de entrega de premio y de la información que el ganador deberá proporcionar a CCEP IBERIA para poder recibir el mismo.
Una vez realizado el trámite anterior y aportada por el ganador la información y / o documentación que le hubiera sido solicitada, CCEP IBERIA remitirá un nuevo correo electrónico al ganador mediante el que le será proporcionada información para realizar un seguimiento del envío del premio.
CCEP IBERIA realizará un máximo de dos (2) intentos de envío del premio al ganador. En caso de que tras 2 intentos de entrega del premio su recepción por parte del ganador resulte fallida, se notificará en el buzón del destinatario el establecimiento de Correos más cercano donde podrá recoger y donde permanecerá por el plazo de 2 semanas. Si en este plazo el usuario no procede a recoger su premio, este declarará desierto y pasará a disposición de la organización.
CCEP IBERIA sólo realizará envíos de los premios físicos de catálogo en España y Andorra.
CCEP IBERIA sólo aceptará devoluciones de premios tras su entrega en caso de que el premio presente algún tipo de defecto de origen o haya sufrido daños durante su transporte.
CCEP IBERIA, realizará la entrega del regalo al ganador en un plazo aproximado de 30 días hábiles desde que hubiera sido proporcionada por el ganador la información precisa y que le hubiera sido solicitada por CCEP IBERIA. En cualquier caso, el plazo de entrega de 30 días hábiles es estimativo, por lo que el participante no podrá reclamar compensación alguna a COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. por cualquier retraso en la entrega del regalo en el citado plazo.
B.7.2) COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO SORTEO ANTE NOTARIO.
Una vez realizado cada uno de los Sorteos ante Notario, CCEP IBERIA procederá a ponerse en contacto telefónico con el ganador del Sorteo de que se trate, en el plazo de 48 horas desde la realización del Sorteo. Del mismo modo, enviará un e-mail indicando esta circunstancia.
CCEP IBERIA realizará un mínimo de 3 llamadas telefónicas al ganador y esperará al menos un plazo de 48 horas hábiles desde el envío del citado e-mail, a fin de comenzar los trámites de entrega del premio. Si tras al menos el mínimo intento de llamadas telefónicas y plazo desde el envío de e-mail no hubiera sido posible contactar con el ganador, o éste rechazara el premio, el ganador perderá su derecho al mismo y se pasará al correspondiente reserva. En caso de que lo anterior ocurriera con todos los reservas, el premio será declarado desierto y pasará a disposición de la Organización.
Una vez localizado el ganador, en esa conversación se le informará de los detalles del premio, así como de la documentación que el ganador deberá preparar y entregar a CCEP IBERIA (entre otra, la Carta de Aceptación de Premio) para la entrega del premio.
Con carácter enunciativo (y no necesariamente limitativo), CCEP IBERIA solicitará al ganador la cumplimentación y entrega de la siguiente documentación: la carta de aceptación de premio, la aportación de un número de cuenta bancaria de su titularidad (que deberá ser española o andorrana, en función del lugar residencia legal del ganador) para el ingreso del premio una vez practicada la correspondiente retención fiscal, justificación de su titularidad sobre dicha cuenta bancaria, las certificaciones de residencia legal necesarias y las certificaciones fiscales que pudieran resultar precisas para la aplicación de la correspondiente retención fiscal antes de la entrega del premio.
El ganador dispondrá de un plazo de 7 días naturales para hacer entrega a CCEP IBERIA de la información que le sea solicitada desde que sea localizado, debidamente cumplimentada en su caso, a efectos de entrega del premio.
Además, para la entrega del premio, CCEP IBERIA podrá requerir al ganador que le facilite el original del PINCODE que ha dado lugar a su participación. Por tanto, para poder recibir el premio será necesario que el ganador conserve el original del PINCODE, no haciéndose responsable CCEP IBERIA de su posible extravío por parte del Ganador. Además, no se admitirán PINCODES rotos, falsos, ilegibles, fotocopiados, etc. En caso de que el ganador no facilite el PINCODE original, CCEP IBERIA se reserva el derecho de descalificar la participación, perdiendo el ganador todos los derechos sobre el premio.
Carta de Aceptación de Premio.
La Carta de Aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el Ganador, adjuntando fotocopia de su DNI o de cualquier otro documento válido que acredite su identidad (NIE, certificado de registro de ciudadano de la unión europea o pasaporte) y entregada por el ganador a CCEP IBERIA, junto con la restante documentación que le sea solicitada a efectos de entrega del premio, en el plazo de 7 días naturales desde su recepción. Toda la documentación precisa a efectos de entrega del premio será recogida presencialmente en el domicilio del ganador por un servicio de mensajería habilitado al efecto por CCEP IBERIA, que contactará con el ganador a estos efectos.
Se considera por CCEP IBERIA como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA) y por tanto no tendrá derecho al mismo:
- La devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador o no adjuntando fotocopia de su D.N.I., otro documento acreditativo de su identidad o el resto de documentación que le sea solicitada e indicada anteriormente en las presentes Bases. Aquellos ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se entenderá que renuncian al Premio.
- La devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio de forma expresa e incondicional por parte del ganador, o de sus padre/tutores, en su caso. NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
- La no entrega de la Carta de Aceptación a CCEP IBERIA en el plazo previsto para su entrega.
Una vez cumplimentados los anteriores trámites CCEP IBERIA realizará la entrega del premio al ganador por transferencia bancaria, que será realizada a la cuenta bancaria de su titularidad aportada por el ganador e identificada mediante justificante de titularidad de la cuenta bancaria, una vez practicada la correspondiente retención fiscal.
CCEP IBERIA procederá a ordenar la mencionada transferencia bancaria en el plazo de 30 días desde que hubieran sido cumplimentados los trámites precisos para la entrega del premio y aportada por el ganador la documentación requerida, de acuerdo con lo detallado anteriormente. No obstante, el plazo de 30 días es estimativo, por lo que el ganador no podrá reclamar a CCEP IBERIA por cualquier retraso en el citado plazo.
B. 8.- CANALES DE ATENCIÓN AL CONSUMIDOR.
Se habilitan los siguientes canales para la resolución de dudas y consultas de participantes en la presente promoción:
Teléfono de información gratuito: 900 533 193
Correo electrónico: info@rockyoursummer.es
C.- Responsabilidad y causas de descalificación de un participante de la Promoción.
CCEP IBERIA podrá solicitar de manera aleatoria a cualquiera de los usuarios que estén participando en la Promoción el envío de los tapones o vasos con los cuales están participando, para llevar a cabo las comprobaciones que estime oportunas, sean estos Ganadores o no. En caso de detectarse una participación fraudulenta, CCEP IBERIA se reserva el derecho de descalificación del participante.
En caso de que los participantes no envíen dichos tapones o vasos solicitados por CCEP IBERIA, CCEP IBERIA se reserva el derecho de no entregar el premio a dichos participantes.
En caso de constatar irregularidades graves en la participación de algún usuario, CCEP IBERIA se reserva el derecho de ejercitar todas las acciones legales que le asistan contra los infractores.
D.- OTRAS CONSIDERACIONES APLICABLES A LAS PROMOCIONES ORGANIZADAS POR COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.
1. LEGISLACIÓN APLICABLE:
Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases que han sido depositadas ante el Notario de Madrid, D. Ignacio Paz-Ares Rodríguez.
2. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR FUERZA MAYOR.
En el caso de que circunstancias sobrevenidas e inevitables, aun previsibles, pero ajenas a la voluntad o poder de disposición de CCEP IBERIA (fuerza mayor), acaecidas durante la vigencia de esta promoción o con la antelación suficiente a su inicio alteren, dificulten, o impidan el correcto desarrollo de la misma (i.e. entrega o canjeo de premios, etc. ) CCEP Iberia queda exonerada de responsabilidad por cualquier alteración de la dinámica promocional (incluida la suspensión sobrevenida de la promoción retrasos o cancelaciones en la entrega de premios). A los efectos de estas bases, toda medida gubernamental o tomada por funcionarios públicos en el marco de una emergencia sanitaria se considera fuerza mayor.
3. TRATAMIENTO DE DATOS DE LOS PARTICIPANTES DE LA PROMOCIÓN
La participación en esta Promoción, organizada por COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.U (CCEP IBERIA) con la colaboración de Coca-Cola Services SA. (COCA-COLA SERVICES o CCS), es voluntaria y en caso de participación, se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio y necesario en los términos expuestos en las presentes Bases.
De acuerdo con lo anterior, el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de la participación en la presente Promoción implica necesariamente el tratamiento de los datos personales del interesado de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.
1. Veracidad y exactitud de la información: Los participantes están obligados a proporcionar datos exactos y actualizados y correspondientes a su propia identidad entendiéndose en consecuencia, que son exactos y actuales los datos proporcionados por los participantes y en su caso, por los ganadores en cualquier fase del concurso, siendo su responsabilidad comunicar cualquier actualización y/o rectificación de los mismos a las entidades corresponsables.
El tratamiento de los datos de los participantes y ganadores de la presente promoción (en adelante también denominados, interesados) se llevará a cabo en las condiciones establecidas a continuación en la presente cláusula.
2. Corresponsables del tratamiento: Las entidades COCA-COLA SERVICES, SA, y COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.U, en adelante las entidades corresponsables, con dirección postal de contacto en c/ Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid, dirección electrónica contacto@cocacola.es y teléfono 900 199 202 son corresponsables del tratamiento de los datos personales que faciliten los interesados para participar en la presente Promoción dado que ambas entidades han determinado conjuntamente los objetivos del tratamiento de los datos personales de los interesados que participen en la Promoción y los medios utilizados para llevarlo a cabo. A tales efectos y en cumplimiento de los artículos 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las entidades corresponsables informan a los interesados de los siguientes extremos:
3. Finalidades para las que CCEP IBERIA trata sus datos:
- Con carácter general los datos serán tratados para llevar a cabo todas las actividades necesarias para gestionar la participación de los interesados en la presente promoción lo que incluye cuando fuera necesario, el envío de comunicaciones vinculadas a esta promoción a través de los datos de contacto facilitados por los interesados (correo electrónico, carta o llamada telefónica, entendiéndose por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción).
- Proporcionar a los interesados la información necesaria para que su participación se ajuste a las presentes bases.
- En su caso, recoger las pruebas de compra y verificar que no son falsas, ilegibles, ni están manipuladas, fotocopiadas, ni de ninguna otra forma resultan anulables.
- Atender solicitudes de información, consultas y dudas de los interesados.
- Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes bases.
- Eliminar justificadamente a cualquier interesado que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
- Identificar al interesado ganador.
- Verificar que el interesado ganador cumple con los requisitos necesarios para poder participar en la promoción y que ha obtenido el premio de forma lícita.
- Comunicar al interesado ganador el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico, carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción.
- Remitir al interesado ganador la Carta de Aceptación, la cual deberá ser cumplimentada por el interesado y remitida a la dirección indicada en las presentes Bases, bajo el apartado “Carta de aceptación de premios” junto con la fotocopia de su DNI y el de su/s acompañante/s en su caso.
- Llevar a cabo y liquidar las retenciones fiscales de los premios cuando corresponda.
- Entregar el premio al interesado ganador.
- En su caso, cuando el premio consista en un viaje o actividad, gestionar su organización y las restantes actividades según el premio que se otorgue al interesado.
- Gestión de reclamaciones.
- Gestión de renuncias y devoluciones.
4. Finalidades para las que COCA-COLA SERVICES trata sus datos:
- Gestionar el registro del interesado y la creación de su Perfil (CID) en la web www.cocacola.es de acuerdo con los términos previstos en la política de privacidad y condiciones de uso de esta página web.
- Gestionar el alta del interesado en la web que aloja la promoción, mediante su identificación como usuario de acuerdo con los términos y condiciones aplicables a la Promoción (Bases Legales y Política de Privacidad), que serán complementarios y adicionales a los de la página web www.cocacola.es.
- Atender la relación con el interesado como usuario de la web www.cocacola.es y de la web que aloja la promoción.
- Garantizar el cumplimiento del interesado de las condiciones y políticas de uso de la web www.cocacola.es y de los términos y condiciones de la web que aloja la promoción y comunicar a CCEP IBERIA situaciones de fraude.
- Gestionar los reportes de abuso de los usuarios de la web www.cocacola.es y de la web que aloja la promoción en caso en que afecte a la participación en esta promoción y comunicar a CCEP IBERIA las situaciones que pudieran constituir un impedimento para participar en esta promoción de acuerdo con las presentes bases.
- Incluir en el Perfil del interesado (CID) de la web www.cocacola.es su condición de participante en esta promoción y analizar esta información como parte de sus gustos, preferencias y hábitos así como enviarle comunicaciones comerciales publicitarias (en caso en que haya activado la casilla correspondiente durante su proceso de registro o en un momento posterior) relacionadas con los productos y servicios de COCA-COLA SERVICES y/o eventos, concursos y otras promociones organizadas y/o patrocinados por COCA-COLA SERVICES y CCEP IBERIA.
- Realizar actividades de investigación y comercialización de los servicios y productos de COCA-COLA SERVICES así como informes y estadísticas relacionados con la participación del interesado en la presente promoción.
5. Cuál es la legitimación de las entidades corresponsables para el tratamiento de sus datos: La base legal del tratamiento de sus datos personales se encuentra en el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de su participación en la Promoción, de acuerdo con las Bases de la Promoción, así como en el cumplimiento de obligaciones legales que le son de aplicación a las entidades corresponsables.
Cuando el tratamiento tenga por finalidad el envío de comunicaciones comerciales la base legal del tratamiento será el consentimiento prestado al efecto por el interesado en caso de activación de la casilla correspondiente en el momento de registrarse como usuario de cocacola.es.
6. Comunicación de datos a terceros por las entidades corresponsables: Los datos personales tratados por las entidades corresponsables del tratamiento para alcanzar las respectivas finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora de la comunicación:
- Con base en el cumplimiento de obligaciones legales, al Notario en caso de que la mecánica promocional implique sorteo ante el mismo, a Hacienda a fin de practicar la retención fiscal que corresponda, a Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo o cualesquiera otros terceros a quienes las entidades corresponsables se vean obligadas a comunicar la información en caso de impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por las entidades corresponsables o por el propio interesado.
- En aquellos casos en que el premio o actividad consista en un viaje, con base en la ejecución de la relación promocional, se cederán sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el interesado.
- Otros destinatarios: Los datos personales pueden ser tratados por terceras empresas en calidad de encargadas del tratamiento, contratadas conjuntamente o de forma individualizada por COCA-COLA SERVICES y/o CCEP IBERIA como las que a continuación se detallan:
- CCEP: agencias de marketing, empresas que gestionan las páginas web y aplicaciones informáticas etc.
- o CCS: Proveedores de servicios tales como empresas que proporcionan el Soporte técnico de nuestro sistema de Gestión de Relación con nuestros consumidores (CRM), envío de comunicaciones (correo electrónicos o mensajes móviles) y el análisis de campañas: Servicios de Alojamiento de nuestro Sistema de Gestión de Relación con nuestros consumidores (CRM) y personalización de formatos publicitarios mostrados en nuestras propiedades o fuera de ellas (pc y móvil) así como en aplicaciones móviles y comunicaciones directas de marketing vía correo electrónico o notificaciones móviles, Servicios de Gestión y tratamiento de la base de datos de Consumidores. En este caso es MRM, servicios de Almacenamiento de datos, limpieza de datos, consolidación y análisis de los datos; servicios de Alojamiento de los sitios web de nuestros sistemas y proveedores de sistemas de IT.
7. Transferencias internacionales: Con base jurídica en la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes bases para la correcta ejecución de la promoción y el disfrute del premio en su caso, el interesado queda informado de que cuando los destinatarios de los datos indicados en los apartados anteriores se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, la comunicación de los referidos datos llevada a cabo por las entidades corresponsables del tratamiento implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones establecidas en las presentes bases, si bien, dicha transferencia se realizará de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Para obtener información relevante relativa a toda transferencia de sus Datos Personales a países terceros (incluidos los mecanismos de transferencia pertinentes, puede ponerse en contacto con la Oficina de Privacidad en esta dirección privacy@coca-cola.com.
8. Plazo de conservación de datos: Las entidades corresponsables del tratamiento conservarán los datos de los interesados mientras esté en vigor la presente promoción en tanto los interesados no soliciten la supresión de los mismos y finalizado su tratamiento, lo cual supondrá la imposibilidad de ejecutar la promoción. En particular, las entidades conservarán los datos durante los siguientes plazos:
- COCA-COLA SERVICES de acuerdo con la política de retención de datos establecida en el registro www.cocacola.es
- CCEP IBERIA:
- Premios básicos (p.ej. una pegatina, una sombrilla, etc.) - 1 año.
- Premios sometidos a garantía (aparatos tecnológicos, vehículos, etc.) – durante el plazo de garantía del producto.
- Premios de viaje -1 año desde que los ganadores regresan del viaje
Una vez transcurridos los plazos de conservación, CCEP y CCS mantendrán los datos personales bloqueados durante los plazos de prescripción de las acciones que pudieran derivarse del tratamiento de datos en cumplimiento de las obligaciones legales de las entidades corresponsables del tratamiento. Finalizados dichos plazos, los datos serán eliminados.
9. Derechos: Los interesados (participantes y ganadores) en cualquier momento pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad, revocación del consentimiento (sin efectos retroactivos) y a no ser sometidos a una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos mediante comunicación escrita, indicando el derecho que ejercita y acreditando su identidad, dirigida a la siguiente dirección:
A la dirección postal: c/ Ribera del Loira 20-22, 28042 Madrid, o
A la dirección electrónica: contacto@cocacola.es.
Asimismo, los interesados pueden presentar una reclamación ante una Autoridad de control, en España la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, 901 100 099 - 912 663 517 (www.aepd.es) en particular, cuando consideren vulnerada la normativa de protección de datos en relación con el tratamiento de sus datos personales así como en relación con el ejercicio de sus derechos.
Con carácter previo a dicha reclamación y de forma voluntaria, los interesados podrán contactar con el delegado de protección de datos de las entidades corresponsables.
Para CCS es dpo-europe@coca-cola.com;
para CCEP es privacy@cokecce.com;
10. Comunicación de datos personales de terceros: En el caso de que tanto los participantes como los ganadores deban facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- aquellos deberán, con carácter previo a la comunicación de datos a las entidades responsables, informar a dichos terceros interesados de los extremos contenidos en las presentes bases respecto del tratamiento llevado a cabo por las entidades corresponsables según lo descrito en los apartados anteriores y en todo caso, de la finalidad de la comunicación de sus datos a las entidades corresponsables. A tales efectos, la comunicación de datos personales de terceros por los participantes y ganadores queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la comunicación de datos actuales y veraces, requiriendo siempre y en todo caso que, con carácter previo a la comunicación de los datos a las entidades corresponsables se informe y se solicite el consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación legal al efecto.
11. ASPECTOS ESENCIALES DEL ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD: Como entidades corresponsables del tratamiento que determinan conjuntamente los objetivos del tratamiento de los datos personales de los interesados (participantes y ganadores de la Promoción) y los medios utilizados para llevarlo a cabo, las entidades COCA-COLA SERVICES, SA, y COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.U., han determinado de modo transparente y de mutuo acuerdo sus responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), en particular en cuanto al ejercicio de los derechos del interesado, a sus respectivas obligaciones de suministro de información y a las funciones y relaciones respectivas de los corresponsables en relación con los interesados. Dichos aspectos se encuentran recogidos en el Acuerdo formalizado al respecto entre las entidades corresponsables, cuyos aspectos esenciales son puestos a disposición del interesado a continuación de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 RGPD:
- Objeto: De acuerdo con el artículo 26 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), constituye el objeto del Acuerdo la regulación de las responsabilidades respectivas de las entidades corresponsables en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) así como de las funciones y relaciones respectivas de los corresponsables en relación con los interesados que participen en la presente Promoción.
- Duración: Dado que las entidades corresponsables deciden conjuntamente los objetivos y los medios del tratamiento de los datos de los interesados con la finalidad de permitir su participación en la Promoción, el Acuerdo se mantendrá vigente mientras la Promoción esté en vigor, si bien sus efectos se extenderán durante los plazos de conservación de datos establecidos en las normas aplicables para el cumplimiento de las obligaciones legales que correspondan a las entidades corresponsables.
- Actividad de tratamiento: La actividad de tratamiento de datos consiste en llevar a cabo el registro, alta y gestión de la participación de los interesados en la presente Promoción de acuerdo con las finalidades y funciones asumidas por cada una de las entidades corresponsables.
- Categorías de interesados: Participantes y ganadores de la Promoción.
- Tipos de datos:
- COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L: nombre, apellidos, fecha de nacimiento y correo electrónico.
- si resultará ganador de un premio: condición de ganador.
- si el premio requiriera envío postal: dirección postal
- si el premio requiriera ingreso en cuenta bancaria: número de cuenta bancaria
- si el premio fuera superior a 300 euros: datos fiscales.
- NV Coca-Cola Services SA: Nombre, apellidos, fecha de nacimiento, correo electrónico, número de teléfono, dirección postal incluyendo País y su condición de participante de esta promoción. Adicionalmente y siempre que lo recoja el CIC también si es ganador de un premio.
- Finalidades y funciones: La finalidad del tratamiento de los datos personales es llevar a cabo el registro, alta y gestión de la participación de los interesados en la presente Promoción. Para ello, cada una de las entidades corresponsables tratará los datos para las finalidades descritas en los apartados 3 y 4 anteriores.
- Responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos: Con carácter general las entidades corresponsables determinan de mutuo Acuerdo sus responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el RGPD, concretamente:
- Registro de Actividad: cada corresponsable elaborará y mantendrá actualizado el correspondiente Registro de Actividad del tratamiento de datos que lleve a cabo.
- Principios de protección de datos: cada corresponsable cumplirá y acreditará adecuadamente el cumplimiento de los principios de protección de datos aplicables al tratamiento (licitud, lealtad, transparencia, limitación de la finalidad, minimización de datos, exactitud, limitación del plazo de conservación, integridad y confidencialidad y responsabilidad proactiva).
- Análisis de riesgos y en su caso realización de la evaluación de impacto en la protección de datos: las partes acuerdan que CCEP llevará a cabo y pondrá a disposición de CCS la evaluación de impacto del tratamiento de datos derivado de la presente Promoción, para lo que contará con el apoyo y colaboración de CCS.
- Seguridad y confidencialidad: cada corresponsable llevará a cabo la implantación, revisión y actualización periódicas de las medidas técnicas y organizativas aplicables al tratamiento para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo.
- Responsabilidades en cuanto al ejercicio de los derechos del interesado: Las entidades corresponsables quedan obligadas a atender debidamente los derechos que sean ejercitados por los interesados en relación con el tratamiento de sus datos en los términos y con el alcance previsto en la normativa aplicable. Para ello, las partes acuerdan que los interesados podrán solicitar el ejercicio de sus derechos ante cualquiera de ellas enviando una comunicación escrita a las siguientes direcciones: a la dirección postal: c/ Ribera del Loira 20-22, 28042 Madrid, o a la dirección electrónica contacto@cocacola.es. De ello se informará puntualmente a los interesados en las comunicaciones informativas que las entidades corresponsables les faciliten informándoles de los extremos previstos en el artículo 13 del RGPD. Asimismo, las partes acuerdan que la gestión de estos derechos se llevará a cabo a través del Centro de Interacción con el Consumidor, que se encargará de tramitar las solicitudes de ejercicio de derechos a través del procedimiento establecido para ello, si bien, deberá tenerse en cuenta que a los interesados les asiste el derecho de poder dirigir su solicitud, para poder ejercer estos derechos frente a, y en contra de, cualquiera de las entidades corresponsables. Adicionalmente, en las comunicaciones informativas dirigidas a los interesados, las entidades corresponsables les informarán de la posibilidad de dirigirse a la Autoridad de Control para formular reclamaciones en caso de que consideren que sus derechos no han sido debidamente atendidos así como de la posibilidad de dirigirse con carácter previo y voluntario a los delegados de protección de datos de las entidades corresponsables.
- Obligaciones de suministro de información obligatoria indicada en el Artículo 13 RGPD: cada entidad corresponsable facilitará la información establecida en el artículo 13 del RGPD en sus relaciones con los interesados. Esta información se facilitará al menos a través de los siguientes medios:
- CCS facilitará de forma fácilmente accesible a los interesados que se registren en www.cocacola.es la información sobre el tratamiento de sus datos derivado del registro en dicha web a través de la política de privacidad de www.cocacola.es
- CCS y CCEP facilitarán de forma fácilmente accesible a los interesados que se den de alta en la web promocional la información sobre el tratamiento de sus datos derivado del alta en la Promoción poniendo a su disposición la Política de Privacidad de la Promoción y el contenido de las Bases Legales que la regulan.
- Punto de contacto para los interesados: Las entidades corresponsables facilitarán a los interesados los siguientes puntos de contacto para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos:
- Dirección postal de contacto: c/ Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid
- Dirección electrónica contacto@cocacola.es
- Teléfono 900 199 202
- Contratación de servicios con proveedores: Las entidades corresponsables podrán contratar terceras empresas externas con acceso a los datos con el fin de prestar servicios necesarios para la actividad y tratamientos llevados a cabo para el desarrollo de sus respectivas funciones en el marco de la presente Promoción y/o funciones auxiliares de apoyo a los mismos. Los datos serán puestos a disposición de dichos encargados del tratamiento al amparo de un contrato de prestación de servicios y otro de encargo de tratamiento de acuerdo con el artículo 28 del RGPD con la obligación de seguir las instrucciones de tratamiento proporcionadas por la entidad corresponsable que en cada caso contrate los servicios, de guardar la confidencialidad, devolver y/o destruir los datos a la finalización del servicio quedando prohibido el tratamiento de los datos para fines propios de los encargados del tratamiento. Estas entidades aparecen referidas en el apartado 6 anterior.
4. RETENCIÓN FISCAL
A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.
De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.
4.1.- Premios en especie.
Si los Premios de la presente Promoción son en especie pueden estar sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta del IRPF (Art. 99 LIRPF). A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste para el pagador (COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L.), incrementado en un 20% (Art. 105 del RIRPF).
El Ganador del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado) más el Ingreso a Cuenta que COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. realizó.
4.2.- Premios en metálico.
Si los Premios de la presente Promoción son en metálico, y superan el valor de 300 euros estarán sujetos a retención (Art.99 del RIRPF).
4.2.1.- Premios Netos.
Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Neto, corresponde al valor obtenido una vez se ha practicado la correspondiente retención por parte de COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. y por lo tanto, ésta es la cantidad a recibir por el Ganador.
Pero el Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido (importe antes de retención), es decir la cantidad recibida más la retención realizada.
4.2.2.- Premios Brutos.
Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Bruto, se realizará la pertinente retención sobre esa cuantía y, por lo tanto, el Ganador recibirá la cantidad que figura en las presentes Bases Legales menos la retención correspondiente.
El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido, es decir, el importe que figura como Premio Bruto.
4.3. Carta de Aceptación de Premios.
Siempre que el valor del Premio sea superior a los 300 Euros, será necesario que el Ganador firme una Carta de Aceptación que se le hará llegar ya sea enviándosela por correo postal o electrónico, ya sea en mano a la hora de entregarle el Premio.
La Carta de Aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el Ganador, adjuntando copia de su D.N.I y entregada por parte del Ganador a la Organización, en el plazo que le sea indicado en cada caso.
Se considera por CCEP IBERIA como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA)
- a) la devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador o no adjuntando fotocopia de su D.N.I. Aquellos ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se entenderán que renuncian al Premio.
- b) la devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio de forma expresa e incondicional por parte de los ganadores, o de sus padre/tutores, en su caso. NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
- c) la no recepción de la Carta de Aceptación dentro del plazo previsto.
5.MODIFICACIONES Y/O ANEXOS:
COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.
6.EXCLUSIONES:
Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. y de COCA-COLA SERVICES, sus familiares hasta 2º grado o el personal de las compañías subcontratadas por COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L o COCA-COLA SERVICES para la ejecución de la presente promoción.
7.DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS:
COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.
8.ENTREGA DE PREMIOS:
Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente dentro del territorio español, por tanto, la tramitación y gastos de exportación para un ganador no residente en España correrán a cargo del beneficiario.
9.IDENTIFICACIÓN:
La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (DNI., pasaporte u otro documento oficial de identificación).
10.PRUEBAS DE COMPRA:
En caso de que para participar en la presente Promoción sea necesario conservar la prueba de compra (Ticket de Compra, etiquetas, anillas, tapones, chapas, films, prueba de compra con Pin-Code, etc.…) de un Producto Promocional por parte de los participantes:
10.1. Éstos deben guardar la prueba de compra durante todo el periodo de vigencia de la Promoción y 1 mes posterior y conservarla a disposición de COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. por si ésta las solicitara para la correcta gestión de entrega de Premios.
10.2. En caso de que el Participante tuviera que enviar dicha/s prueba/s de compra por correo postal, COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. no se hace responsable del extravío de la/s misma/s y no se admitirá como medio de prueba el justificante de envío que facilita dicho servicio.
10.3. En caso de que las pruebas de compra presentadas/recibidas resultarán falsas, ilegibles, manipuladas, fotocopiadas, etc., serán consideradas nulas y por lo tanto no se tendrán en cuenta como participación.
10.4. En ningún caso, se devolverán a los participantes las pruebas de compra que COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. hubiera recibido.
11. PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET:
En caso de que la presente Promoción exija la participación a través de concurso, juego o cualquier otra mecánica que se desarrolle en una o varias páginas de internet, COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento del juego o web mediante el/la cual se participa en la Promoción, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
12.PREMIOS:
12.1. En caso de que de forma previa a la finalización del periodo de vigencia de la Promoción, por cualquier razón ajena a COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L., no quedasen unidades disponibles de los regalos promocionales establecidos y previstos en las presentes Bases, COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho y la opción de sustituirlos por otros, de igual o superior coste.
12.2. EL premio en metálico se entregará en un único pago, mediante transferencia bancaria, una vez realizada la correspondiente retención fiscal.
Los Premios en especie no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio y caducan a los tres meses.
12.3. COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales.
12.4. El/los premio(s) son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar el/los premio(s), o renunciase(n) al/los mismo(s), COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. procedería a designar ganador al correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desierto(s).
12.5. El propósito de esta Promoción es que los premios se distribuyan entre la mayor cantidad posible de consumidores de los productos objeto de la misma. Así, en el caso de que durante el(los) sorteo(s) y/o momentos ganadores en cuestión, resultará repetidamente Ganador el mismo participante, COCA-COLA EUROPEAN PARTNERS IBERIA, S.L. se reserva el derecho de adjudicarle únicamente una unidad, otorgando el/los premio/s en cuestión a los Ganadores en reserva.
13. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES:
La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases.